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Contrato Mercantil. Definición y peligros que conlleva este contrato. Lo que debes saber

Con la crisis ha crecido el contrato mercantil como forma de contratación de las empresas. Las empresas buscan comerciales que estén dispuestos a trabajar bajo contrato mercantil, y en muchas ocasiones, no se le dice toda la verdad al comercial sobre los peligros y problemas que le puede acarrear este tipo de contratación.

Definiremos de forma muy abreviada lo que es para un trabajador un contrato mercantil. Digamos que si eres comercial, vendedor o representante y acudes a una empresa para trabajar con ellos bajo este contrato, automáticamente te conviertes en trabajador autónomo. Trabajas para una empresa, pero realmente tú te conviertes en empresario con movimientos muy limitados.

Algunas empresas te dirán que no es necesario que te des de alta como autónomo y que será temporalmente, pero ojo, ellos estarán cubiertos fiscalmente, ya que entre otras cosas, el contrato mercantil exime de responsabilidad a la empresa en lo que a pagos a la seguridad social se refiere.

Los peligros que conlleva trabajar bajo este tipo de contrato son muy claros:

  • 1. Si decides hacerlo dentro de la legalidad, deberás darte de alta como autónomo, por lo que cada més deberás pagar tu seguro de autónomo tengas beneficios o no (vendas o no vendas), y recordemos que ser autónomo implica todos tus bienes presentes y futuros, ya que respondes con todo tu capital. Ver también tipos de formas jurídicas de empresa.
  • 2. Si decides probar suerte bajo un contrato mercantil y no darte de alta como autónomo, estarás jugando a la ruleta rusa, ya que la empresa declarará los pagos hacia tu persona como forma de justificación de salida de capital o gastos de «contratación». Puede que tarde o temprano recibas esas maravillosas cartas de hacienda o de la seguridad social reclamándote los pagos atrasados  de seguro,s o sencillamente reclamándote una explicación de un cobro que no has justificado.
Ver también:  Ana Pastor: De un premio a la mejor presentadora de informativos a una patada en el trasero.

En pocas palabras, el contrato mercantil, ante la duda o inicios de colaboración con una empresa, únicamente beneficia a la empresa, ya que es una forma de contratar a una persona sin generar un gasto de contratación y eludir responsabilidad.

No obstante, si entras en un sector que dominas con probabilidad de generar altos ingresos vendiendo el producto o servicio para el que te contratan, puede ser una excelente forma de iniciarte en los negocios, siempre y cuando no te limiten a un solo producto o una sóla empresa.

Ve acostumbrándote y a familiarizarte con las palabras «contrato mercantil», ya que será la forma de contratación preferida por las empresas durante un par de años, pero siempre intenta que no te tomen el pelo, y recuerda que con el afán de recaudación por parte de las administraciones públicas, te examinarán con lupa, por lo que será necesario que lo hagas de la forma más legal posible.

Si crees que pagando tus seguros de autónomo, no te será rentable el trabajo, mejor no comiences en ese trabajo, ya que para perder dinero siempre hay tiempo.

A. Carlos González
Autor de "Cenizas de Prosperidad", Apasionado de las ventas, las finanzas, estratega empresarial, entusiasta del desarrollo personal y algunas cosas más

33 comentarios

  • Hola me gustaria saber que si teniendo un contrato mercantil, en lo cual no te da de baja la empresa y tampoco tengo ingresos, pero cobras del paro, que me puede ocurrir? Yo les envie una carta de baja voluntaria es correcto?

  • Hola. Estoy disponiendome a presentar la dexlaracion de la renta y en el borrador de mi marido aparece…unos ingresos de 2100 euros ganados el año pasado a raiz de un contrato mercantil con jazztel …y el paro q lo cobro durante todo el año, incluido los 3 meses del contrato. El trabajaba de mañana soloamente y los de la empresa de dijeron q no había problema q no le iba a afectar…no se si podras ayudarme con explicarme a q se expone ya q veo q es medio ilegal lo q ha echo. Muchas gracias

  • Te doy mas datos a ver si me consigo aclarar porque ya no se que hacer la verda.

    Tengo un trabajo de mañana con un contrato por cuenta ajena cobrando 980 euros al mes (40 horas)

    Y por las tardes me an propuesto un trabajo de comercial con contrato mercantil.

    Segun como lo pintan son comisiones altas y con posibilidad de llegar a cifras de unos 1500 euros 2000 euros.

    Segun el contrato la empresa te puede pedir tu situacion fiscal en cualquier momento para que vean que estas al corriente de tus pagos a la ss (entiendo que te obligan a ser autonomo).

    Ahora vienen todas las dudas de golpe.. es tan bonito como lo pintan?? pruebo a ver que pasa??

    Realmente no se ni lo que tiene que pagar un autonomo (cuota, iva, etc).

    Tengo entendido que tendria que pagar autonomos pero.. que cantidad?

    Pues eso no se si realmente es un buen curro o un engaño.

    Gracias de antemano carlos

  • hola
    me han propuesto un trabajo de comercial con contrato mercantil, pero yo tengo un trabajo por cuenta ajena de 40 horas semanales.

    mi pregunta es

    ¿podria tener los dos contratos?
    ¿que responsabilidad fiscal tendria?

    gracias de antemano

    • Hola, Juan A.

      Para comenzar, si tienes un contrato de la SS no es necesario de cara a la fiscalidad el que te hagas un contrato mercantil, más que nada porque no necesitas ser autónomo. Ahora bien, si quieres tenerlo de cara a la empresa, puedes hacerlo.

      Tú como trabajador puedes tener ingresos extra, y si estos pasan de una cifra considerable (que ahora mismo desconozco por los constantes cambios) únicamente deberás declararlos, pero en tu caso no tendrás ningún problema. Todo el mundo puede tener ingresos extra después de su trabajo.

      Recibe un saludo.

  • Cuanto más ganes, más te cobrará hacienda. No obstante, mi padre solía decir: "ojalá tenga que pagarle mucho a hacienda en la declaración", ya que eso es señal de que se han recibido altos ingresos.

    Un abrazo para tí también.

  • Hola, Emi. o cotizas en la seguridad social o cotizas en el régimen general de trabajadadores autónomos.

    En tu caso no es un contrato mercantil, sino un contrato de la SS, el cual también puedes cobrar comisiones.

    Recibe un saludo

  • Hola:

    Tengo una duda:

    Una empresa me va a coger a trabajar por un fijo+incentivos+comisiones, me aseguran que me van a cotizar por la máxima en la s.s que son unos 3000€ y que si estoy de baja, o para la jubilación esta será mi cotización.

    La pregunta es: es posible que me aseguren en la S.s trabajando de esta manera¿¿¿

    Gracias

  • Tengo a la vista un posible empleo. Se trata de teleoperadora desde casa vendiendo seguros. Me dicen que el número de horas lo pongo yo, con un mínimo de 5 horas diarias, lo cual equivaldría a 500 euros al mes. Si trabajo 8 horas, me pagarían 800 euros. Sería ese salario fijo (500 euros por 5 horas diarias) más las comisiones por venta. Por supuesto, es un contrato mercantil. No sé si realmente me compensa firmar el contrato, porque no sé cuánto hay que pagar al darme de alta de autónomos y las mensualidades, no sé cuánto hay que pagar de la SS, y tampoco sé lo que te quitan del IRPF. No sé nada, por favor, me puedes ayudar?? Es urgente, la firma del contrato sería la semana que viene, y necesito saber si me renta o no. Gracias de antemano.

  • ahiss ayudame por favor, acabo de llegar de mi primera entrevista de trabajo con una empresa de publicidad me dijeron que el priemr mes estaria aprendiendo y que si en ese mes consifo a 8 colaboradores publicitario me harian un contrato laboral, ahora bien estaria bajo contrato mercantil
    ¿tendria que darme de alta como autonoma?
    ¿podria tener algun problema con hacienda en el futuro?
    solo me pagarian 800 euros el primer mez y me dijeron que por eso no hace falta darme de alta de autonoma si no suepra los 2000 euros al mes ¿cierto?
    necesito ayuda, por que necesito el trabajo pero no quiero acabar debiendo dinero en vez ganando.

  • Poder puedes siempre y cuando no te cojan. Hay mucha gente que lo hace hasta ver si superarán la prueba o no, o si ganarán dinero o no.

    Adelante, ya que aunque no sea ético, tampco sería ético que dejaras de cobrar el paro y que no ganaras nada.

    Un saludo.

  • Hola, me acaban de hacer una entrevista y me ofrecen un contrato mercantil, me contratarían por un mes y me dijeron que tengo un plazo de 30 días para hacerme el autonomo pero que después de los 30 día sya no me haría falta poruqe ellos me contrataría. aparte me dijeron que durante ese mes yo iba a seguir cobrando el paro. Eso es verdad??? puedo tener un contratto mercantil y cobrar el paro??

  • Hola, anónimo, perdona por la tardanza en contestar. Verás, un contrato mercantil tiene unas cláusulas al igual que uno de la SS, aunque cierto es que se puede jugar un poco más con la ley. Probablemente tu contrato tenga una cláusula por la que se puede romper por diversos motivos, incluído la falta de ventas.

    Por otra parte no te olvides que ni esa persona es tu jefe ni tu eres su trabajador, ya que tu eres una empresa que colabora con esta otra empresa.

    Con respecto a la retribución, a no ser que así esté estipulada y firmada en el contrato, por regla general.. no hay retribución por romper dicha colaboración.

    Recibe un saludo.

  • hola trabajo como repartidor .Mi problema es que mi jefe me invita a suspenderse del trabajo , durante cuatro meses ,por falta de venta..Mi pregunta es ,si el jefe no me confirma esta decisión por escrito tengo alguna posibilidad volver al trabajo.I otro si mi contrato tiene vigencia hasta próximo año el jefe me puede despedir /romper el contrato mercantil/ y con esto si existe alguna retribución para mi de su parte.

  • Hola, Anónimo. Verás, yo en prestaciones de desempleo no estoy muy puesto, aunque hay algo que debes saber.

    Una cosa es el régimen de la seguridad social y otra es régimen de autónomos. Con el contrato mercantil no te pagan la S.S, si no el Régimen general de autónomos, que cotiza de distinta forma.

    Lo que ya no sé es si con la nueva ley de que ahora los autónomos tienen derecho a prestación por cese de actividad, está será acumulada o no para la prestación conjunta de dos regímenes distintos.

    El mejor sitio para informarte es en las mismas oficinas de empleo, aunque probablemente no sea acumulativo.

    Si te informas y estoy equivocado, me gustaría que lo comentaras, ya que le servirá de ayuda a otras personas.

    Recibe mi más afectuoso saludo.

  • hola, buenas tardes, he empezado a trabajar como teleoperadora-comercial en una empresa de seguros con un contrato mercantil. Me han indicado que debo d darme de alta como autonoma y que ellos me van a pagar la S.S. La verda que no sé mucho sobre contratos mercantiles más que lo que he leído y me informado pero por ejemplo a mi me queda 1 mes d trabajo para poder pedir prestación por desempleo. No se si con contrato mercantil se me acumularía ese mes al paro.

    Un saludo.

  • hola, Anónimo…

    Según la ley debes estar dado de alta desde el primer día, aunque cierto es que en tres meses no te va a pasar nada si decides no darte de alta.

    Mi consejo es que que si pasados esos tres meses ellos te van a pagar el seguro de autónonomo, yo de tí lo pedía por escrito antes de comenzar.

    Si eso no fuera viable, intenta hablar con otras personas de la empresa para ver si les cumplieron esas condiciones.

    Recibe un saludo.

  • Acabo de venir de una entrevista de trabajo en la que me ofrecen un contrato mercantil por 3 meses para comercial. Me dicen que me puedo dar de alta como autónomo o no como yo quiera. Ellos luego pasados los 3 meses, si deciden seguir contando conmigo, me pagarían los costes como autónomo. Mi duda es si es ilegal no darme de alta como autonomo durante los primeros 3 meses y si es normal que pasados los 3 meses ellos me paguen los costes de ser autónomo.

  • Hola, pues aquí la pregunta más bien sería si un funcionario interino puede recibir ingresos extra, cosa que sinceramente desconozco. Hasta ahora solo se que existen funcionarios que tienen empresas pero no pueden estar a su nombre.

    Por otra parte se que trabajadores dados de alta en la seguridad social, perciben ingresos extra sin problema, ya que luego los declaran en la declaración de la renta.

    En este caso concreto tuyo, te aconsejo que le consultes a una persona especializada en estos temas, ya que al ser funcionaria, debes atenerte al tipo de convenio que tenga estipulado.

    Siento no poder ayudarte en esto, ya que todo consejo que te de, te lo voy a dar sin estar del todo convencido.

    Recibe un saludo.

  • A mí me han hecho un contrato mercantil pero sólo de 3 horas al mes, por lo que me han dicho que no hace falta que me de de alta como autónomo, porque son poquísimas horas.

    ¿Me puede perjudicar en algo con Hacienda? Además, he de deciros que soy funcionaria interina, por lo que no sé muy bien si esto es posible, es decir, el tener los dos contratos…

  • Hola, Anónimo, eso es típico de algunas Agencias de Seguros. En los inicios como comercial de seguros apenas vas a ganar dinero, eso ya te lo digo de antemano. Lo de hacerte un contrato mercantil es sencillamente para que no les cuestes el dinero durante tu aprendizaje.

    Lo que te proponen es que estés 4 meses sin asegurar y si ellos ven resultados a lo largo de ese tiempo, por regla general tienden a cumplir y contratarte.

    En 4 meses no vas a tener problemas con ningún organismo oficial, entre otras cosas porque no vas a recibir muchos ingresos.

    Unicamente debes tener en cuenta que si en esos 4 meses tienes un accidente de trabajo estás vendido a tu suerte. Por lo demás solamente tu debes decidir si quieres comenzar y si serás capaz de cumplir los objetivos que te marquen para posteriormente ser contratado.

    Eso es algo muy personal,por un lado entiendo que las empresas quieran asegurarse de a quién van a contratar, pero por otro lado no soy partidario de ser yo el único que tiene algo que perder.

    Si tienes cualquier otra duda, no dudes en hacérnosla llegar.

    Recibe un saludo.

  • HOLA, NO TENIA NI IDEA LO QUE SIGNIFICABA EXACTAMENTE UN "CONTRATO MERCANTIL" Y ME HE PARADO A AVERIGUARLO PORQUE ME OFRECEN UN TRABAJO COMO COMERCIAL VENDIENDO SEGUROS EN EL CUAL ME DICE QUE TENDRIA QUE ESTAR DE PRUEBA 4 MESES CON CONTRARO MERCANTIL Y SI ESTAN SATISFECHO CON MI TRABAJO ME DARIAN DE ALTA EN LA SEGURIDAD SOCIAL CON CONTRATO LABORAL…NO SE QUE HACER, ME HACE FALTA TRABAJAR PERO NO QUIERO QUE ME ENGAÑEN….POR FAVOR AYUDARME!!!!!! NO SE QUE INTENCIONES TENDRAN CONMIGO……………
    GRACIAS

  • Hola, Anónimo. Puede que no se explicaran bien, ya que me niego a pensar que una empresa intente engañarte de esa forma.

    Cuando "no necesitas" declarar lo que ganas o darte de alta como "empresa" es cuando no pasas de los 3,000€ en un año, pero 2,000€ al més llama la atención del fisco seguro y más si ellos lo declaran.

    Con las actuales ganas de recaudación de estos organismos, hoy día aunque ganaras 500€ al més sin estar dado de alta como autónomo, podrías tener serios problemas.

    Recibe un saludo.

  • Hola me a servido de mucha ayuda pero me gustaría saber por que una empresa que me quiso contratar me dijo que no tendría problemas con hacienda si no facturaba mas de 2000 € en nomina

  • Excelente información, muchísimas gracias ya que aunque parezca increíble hay mucha gente que es engañada por las empresas cuando no le dicen toda la verdad sobre el contrato mercantil.

  • En España se está utilizando este tipo de contratos, por lo menos desde hace nueve años. Y no solo para ser comercial, sino para cualquier ocupación (enfermer@s, reporter@s de televisión, periodistas, analistas financieros,etc.).

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