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Era tan pobre que tuvo que rechazar una herencia. La polémica del impuesto de sucesiones.

Lo malo de ser pobre es que incluso los golpes de suerte se te pueden volver en tu contra. Leía este fin de semana en El País que las renuncias de herencias han aumentado considerablemente en nuestro país. Y no es para menos, pues si eres el «ganador» de una herencia en bienes inmuebles, más que una herencia, lo que recibes es una carga económica que probablemente debas rechazar por el abusivo impuesto de sucesiones y donaciones que tenemos en España.

Este aumento de renuncias de herencias vuelve a abrir la polémica sobre el abuso estatal que no distingue de parentescos familiares entre los herederos, ni se basa en tramos impositivos con un mínimo de exención fiscal para proteger a aquellas personas de clase media/pobre y no obligarles a rechazar un bien inmueble que probablemente necesiten. Hasta ahora, si un padre de familia muere y deja una vivienda como herencia, según el lugar de España donde se produzca este suceso, por una vivienda de un importe de 180.000€, el heredero podría estar obligado a pagar hasta 42.000€ por el impuesto de sucesiones. ¿Y si no tienes esos 42.000€?.

Si no tienes ese dinero, únicamente tienes 2 opciones, que serían 1. rechazar la herencia, o 2. pedir un préstamo al banco y poner la vivienda como aval. Esta segunda opción es la que suele ser elegida por la mayoría de las personas de clase media/pobre, pues evidentemente no todo el mundo puede hacer frente a un pago de ese tipo. Claro que con la situación actual, muchas personas en situación de desempleo, tendrían dificultades para acceder a un préstamo, o deberían acceder con unas condiciones bastante duras, por lo que no se descarta que finalmente, al no poder hacer frente al pago del préstamo, igualmente pudieran perder la vivienda. ¿Fuera de España… cómo funciona este impuesto de sucesiones?.

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Desconozco cómo funciona en la mayoría de países, pero ya que nos gusta compararnos con Alemania, sí que sabemos que en Alemania este impuesto tiene diferentes tramos y exenciones, como por ejemplo, la vivienda familiar está libre de cargas impositivas.

Luego tendríamos una serie de tramos impositivos, donde un cónyuge está exento de pagar hasta 500.000€. Es decir, si la herencia no sobrepasa los 500.000€, esta persona puede heredar sin ningún tipo de carga impositiva.

Del mismo modo, los hijos están exentos hasta 400.000€, y los nietos que reciban una herencia de un abuelo están libres hasta los 200.000€.

Lo curioso en España es que no distinguimos entre parentescos y tramos impositivos (aún), pero sí en provincias, según publica el País. Y es que en Andalucía, Asturias y Murcia serían las comunidades donde existe el mayor gravamen, con un 36,5%, mientras que en Navarra encontraríamos un tipo impositivo del 0,8%.

¿Hasta qué punto es constitucional este impuesto de sucesión?

No vamos a entrar en la polémica sobre algo que personalmente creo que es otra forma de recaudación abusiva que pone las cosas muy difíciles a aquellas personas que menos tienen, debiendo pagar nuevamente por algo que ya está pagado y por lo que a lo largo del tiempo se ha estado pagando una serie de impuestos.

 Y es que gran parte de la riqueza en el mundo se obtiene a través de la herencias, donde un heredero de una familia rica puede permitirse pagar el importe del impuesto y heredar la fortuna del fallecido, mientras que el heredero de una familia sin recursos se ve en la obligación de rechazar la herencia o de endeudarse para adquirirla.

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En mi opinión personal, deberían existir exenciones cuando se trata de familiares directos o de la vivienda principal como estoy seguro de que ocurre en otros muchos países, incluido Alemania.

Este tipo de cosas demuestran una vez más la dificultad de un pobre para salir de pobre.

A. Carlos González
Autor de "Cenizas de Prosperidad", Apasionado de las ventas, las finanzas, estratega empresarial, entusiasta del desarrollo personal y algunas cosas más

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